Constitución y levantamiento de hipoteca
Constitución de hipoteca
Requisitos Especiales
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por quien constituye la hipoteca y la persona a cuyo favor se constituye la hipoteca.
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de hipoteca.
- En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por SUNARP.
- Si se trata de un mutuo dinerario (préstamo de dinero) respaldado por hipoteca que se constituye, utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta). En este caso, hacer llegar copia del cheque o del boucher del depósito en cuenta.
Levantamiento de Hipoteca
Requisitos
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por la persona a cuyo favor se constituye la hipoteca. Opcionalmente, puede también firmar la minuta el deudor hipotecario.
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de levantamiento de hipoteca.
- En caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica: Certificado de Vigencia de Poder expedido por SUNARP.
- Si conjuntamente con el levantamiento de la hipoteca se está efectuando el pago de un mutuo dinerario, se recomienda utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta). En este caso, hacer llegar copia del cheque o del boucher del depósito en cuenta.